lunes, 2 de junio de 2014

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 1: En los Estado Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, los cuales no se podrán restringirse ni suspenderse, sino el los casos y con las condiciones que establece.

Artículo 6: LIBERTAD DE EXPRESIÓN: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el estado.

Artículo 7: LIBERTAD DE IMPRENTA: Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de prensa.



https://mx.answers.yahoo.com/question/index?qid=20111123132400AA180CD

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