lunes, 2 de junio de 2014

Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 6: Derecho a la información y la protección de datos personales.


Artículo 7: Establecer la inviolabilidad de la difusión de opiniones, información e ideas a través de cualquier medio.



Artículos 73: Dotar al Congreso de facultades expresas para dictar leyes en materia de Tecnologías de la Información y de la Comunicación, radiodifusión y telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet.


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